
Pero Correos le da una vuelta de
tuerca más. Considera “trimestre natural” a los tres meses anteriores al
periodo de devengo. Así, la persona que
coge una baja que supere el 4% de absentismos trimestral no cobra el tramo
durante tres meses. Sin embargo, como admite la jueza y como hemos
denunciado repetidas veces desde Esk, “trimestre natural” se refiere a los 4
trimestres naturales del año, o sea: de enero a marzo, de abril a junio, de
julio a septiembre y de octubre a diciembre. De esta forma si se coge la baja el primer mes del trimestre los tramos no se cobran durante
tres meses, pero si se coge el segundo mes los descuentos serán durante dos
meses y si se coge el tercer mes se deja de cobrar el tramo durante un sólo mes.
Los servicios jurídicos del sindicato han conseguido que la Magistrado-Juez del
Juzgado de lo Social 9 de Bilbao de por válida esta última interpretación
obligando a Correos, mediante sentencia firme contra la que no cabe recurso, a
devolver parte de los descuentos realizados a una compañera en situación de IT.
Pero, aunque la sentencia mejora para
el personal la interpretación de estos descuentos, en si mismos no dejan de ser
una vergüenza. El próximo convenio, que se está negociando, debe acabar con
estas lacras que penalizan la enfermedad de las personas. No puede ser que,
teniendo los paupérrimos salarios que tenemos, nos hagan descuentos tan
abusivos como los que padecemos en la nómina. Además, mientras nadie demuestre
lo contrario, la salud es un derecho que hay que cuidar y nadie enferma por
gusto.
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