martes, 14 de febrero de 2017

Hablando de algunos de nuestros derechos

Existen varios asuntos, relacionados con los derechos laborales de las personas que trabajamos en Correos, que están en permanente cuestión, especialmente para el personal eventual. En el centro de trabajo cualquier momento es bueno para que te recuerden tus obligaciones. Sin embargo con los derechos suelen producirse algunos olvidos, generalmente, motivados por el interés que muestra la dirección de la empresa en saltárselos a la torera siempre que puede. Vamos al grano.

Días 24 y 31 de diciembre. Cuando estos dos días caen en sábado o festivo, todo el personal activo en esas fechas tenemos reconocido el disfrute de dos días adicionales de asuntos propios. Y cuando decimos todo el personal no se pueden hacer excepciones y estamos hablando del personal fijo (funcionario o laboral) del fijo-discontinuo, del eventual (con jornada completa o parcial) y del personal contratado específicamente para repartir notificaciones por la tarde. Cualquier indicación o comunicación en sentido contrario vulnera este derecho. Así que, todas las personas que en las fechas señaladas (24 y 31 de diciembre de 2016) tuvimos relación contractual con Correos tenemos derecho a disfrutar de esos dos días de asuntos propios hasta el 31 de marzo de este año. No solicitar el disfrute de esos días en el plazo estipulado (o en cuanto se firme un nuevo contrato) supone renunciar a un derecho porque Correos no tiene intención de liquidar en nómina, en ningún caso, estos días al personal eventual afectado. Y en el caso de que algún responsable de unidad no quiera tramitar, como es su obligación, una solicitud en ese sentido siempre tenemos la posibilidad de registrar la petición para que quede constancia de la misma y, en última instancia, acudir a la vía judicial para hacer valer nuestro derecho.





Bufandilla de navidad. Todos los años con el mes de diciembre llega la campaña de navidad, con el correspondiente aumento de las cargas de trabajo que trae aparejada. Para compensar ese aumento de actividad laboral en los centros de trabajo durante la campaña navideña Correos nos abona, por llamarle de alguna forma, una bufandilla económica. Eso si, manteniendo una actitud muy rácana y restringiendo y dejando fuera de este pago a todo el personal que puede, imponiendo condiciones, a todas luces ilegales. Eso a pesar de que, año tras año, las sentencias judiciales le obligan a pagar al personal eventual y al fijo-discontinuo las partes proporcionales al tiempo trabajado durante el mes de diciembre. Por tanto, si, en la nómina de enero, Correos no paga la parte de la bufandilla de navidad a la que tenemos derecho en función de los días trabajados durante el mes de diciembre, el camino que tenemos delante es acudir al juzgado para reclamar lo que Correos trata de robarnos. Seguramente la cantidad a reclamar no nos va a sacar de pobres (ya de por si, la bufandilla al completo da poco calor económico) pero ese dinero nos corresponde por haber trabajado durante la campaña de navidad.




Indemnización a la finalización de los contratos. A raíz de las sentencias que el Tribunal de Justicia Europeo emitió en septiembre de 2016, hemos presentado la primera remesa con 55 reclamaciones por este motivo. En Araba, Gipuzkoa y Bizkaia se realizaron a lo largo del mes de enero, los actos de conciliación sin llegar a acuerdo y posteriormente se han formalizado las reclamaciones judiciales el día 3 de febrero en Bizkaia y el 13 en Gipuzkoa y Araba.

Vamos a seguir realizando reclamaciones por este motivo. Si alguien está en esta situación y se ha quedado fuera de estas primeras demandas y quiere reclamar es necesario que se ponga en contacto con las secciones sindicales. Nos estamos planteando presentar un nuevo bloque de demandas cuya fecha límite estaría en torno al 31 de marzo. Para realizar los cálculos previos a formalizar la reclamación es necesario que nos hagáis llegar las nóminas, los ceses y los contratos formalizados en los últimos doce meses.




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