jueves, 13 de junio de 2013

SENTENCIA FAVORABLE A UN TRABAJADOR DE BAJA FRENTE A LOS DESCUENTOS ABUSIVOS DE CORREOS



        Como adelantamos en un comunicado anterior, el Juzgado de lo Social 2 de Bilbao ha condenado a Correos a devolver la cantidad correspondiente al tramo de un mes, descontado abusivamente en el proceso de una baja por contingencia común a un trabajador laboral. Si bien Correos tenía la posibilidad de recurrir este dictamen, no lo ha hecho por lo que la sentencia es firme y la sentencia ya ha sido cumplida por parte de la empresa.

Correos en este asunto aplica lo que viene recogido en el III Convenio Colectivo, en la Disposición Transitoria Tercera (armonización): “En el supuesto de que no se alcance un acuerdo en el plazo fijado (seis meses), a partir del mismo se aplicará automáticamente para todo el personal laboral los criterios de absentismo que se han establecido en la Disposición Transitoria Segunda de este convenio” y la Disposición Transitoria Segunda dice: “...condicionando este pago al cumplimiento de los tramos de antigüedad previstos como a que durante los trimestres naturales de cada periodo de devengo el trabajador/a haya tenido un porcentaje de absentismo inferior al 4%”.

De esta manera, basándose en lo que viene recogido en el Convenio, Correos hace una lectura interesada del mismo y aplica el 4% de absentismo, pero no tiene en cuenta los trimestres naturales. La forma en que determina Correos si corresponde volver a abonar el tramo al personal laboral, tras un periodo de baja, es mediante el absentismo: desde que se coge el alta médica y una vez que transcurren tres meses sin tener nuevos periodos de baja, Correos vuelve a pagar la cantidad correspondiente al tramo. Esto es lo que el juzgado ha determinado que Correos está aplicando mal: los trimestres deben ser naturales; esto es, de enero a  marzo, de abril a junio, de julio a septiembre y de octubre a diciembre, y no como interpreta Correos.

Haber ganado esta sentencia nos da una nueva posibilidad para defendernos frente a las interpretaciones abusivas de la empresa, pero no resta importancia al hecho de que los descuentos que sufrimos, en el caso de tener que coger la baja, son  desproporcionados: nos descuentan salario, CPA y los tramos en unas nóminas que, ya de por si, no son muy espléndidas. De esta manera el personal laboral que, por desgracia, pueda tener problemas de salud y se vea obligado a permanecer de baja es el que está pagando el pato de una normativa con flecos sin cerrar que permite a Correos arrimar el ascua a su sardina mediante lecturas de conveniencia. Así que, con esta sentencia en la mano, os animamos a que, cuando se produzcan estos descuentos abusivos, interpongáis la correspondiente demanda judicial para salvaguardar nuestros intereses.

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