miércoles, 26 de febrero de 2014

Correos, unilateralmente, decide cambiar el pago en los contratos menores de 30 días durante el mes de enero



TABLA COMPARATIVA DE LOS SISTEMAS DE PAGO
POR DÍAS

POR HORAS TRABAJADAS
Días
Sueldo

Horas
Sueldo
1
41,44

7,50
59,94
2
82,88

15,00
119,89
3
124,32

22,50
179,83
4
165,76

30,00
239,77
5
207,20

37,50
299,72
6
248,64

45,00
359,66
7
290,08

52,50
419,60
8
331,52

60,00
479,55
9
372,96

67,50
539,49
10
414,40

75,00
599,43
11
455,83

82,50
659,38
12
497,27

90,00
719,32
13
538,71

97,50
779,26
14
580,15

105,00
839,20
15
621,59

112,50
899,15
16
663,03

120,00
959,09
17
704,47

127,50
1019,03
18
745,91

135,00
1078,98
19
787,35

142,50
1138,92
20
828,79

150,00
1198,86
21
870,23

157,50
1258,81
22
911,67

165,00
1318,75
23
953,11

172,50
1378,69
24
994,55

180,00
1438,64
25
1035,99

187,50
1498,58
26
1077,43

195,00
1558,52
27
1118,87

202,50
1618,47
28
1160,31

210,00
1678,41
29
1201,75

217,50
1738,35
El sistema habitual para el pago de los contratos de menos de 30 días es el pago por horas efectivamente trabajadas (sin domingos, festivos o sábados libres). Sin embargo, desde el 1 de enero de 2014, Correos comenzó a pagar las nóminas de estos contratos por el sistema de días trabajados que se aplica siempre a los contratos de 30 o más días. A falta de explicaciones por parte de Correos, es fácil sospechar que esta medida se toma para ahorrar dinero, aunque para ello, se le recorte salario, precisamente, al personal más precario y desprotegido de la empresa: el personal eventual. Este cambio supone una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y la empresa no puede acometerlo sin someterse al proceso de consultas y negociación que marca la ley. Ante las denuncias sindicales, Correos, por el momento, ha decidido “recular” y volver al sistema de pago anterior.
            Por tanto, si eres eventual y has tenido contratos de trabajo inferiores a 30 días entre diciembre y enero, conviene que repases las nóminas porque es posible que te hayan pagado menos dinero del que te corresponde. Con la tabla adjunta puedes comprobar si esto es así y en ese caso tendrías que reclamar a Correos la diferencia. Las cantidades que figuran en la tabla son las correspondientes a Sueldo, C. Puesto Tipo, C. Ocupación y CPA (este último concepto, figuraría en la nómina siguiente por abonarse a mes vencido) de un contrato de Reparto Pie, sin liquidaciones, pero para hacer la comparación sirve igual que para otros puestos. Para el cálculo del personal que trabaje sábados (CTPs, Atención al Cliente, USEs,…) habría que calcularlos a razón de 7 horas diarias y sumar las efectivamente trabajadas en sábado.
OJO: Las filas no se corresponden linealmente. Hay que tener en cuenta que en el sistema por días, se cuentan todos los días del contrato incluidos sábados, domingos y festivos. Y en el sistema por horas, se cuentan únicamente las horas efectivamente trabajadas durante el contrato, es decir, sin incluir domingos, festivos, o sábados no trabajados. 
Ejemplo: Un contrato de Reparto Pie de 10 días que comience en lunes, lo calculamos de la siguiente forma:
Por días: 10 días = 414.40 €
Por horas: quitamos sábados y domingos y quedarían 8 días x 7,5 h = 60 h = 479,55 € (si te pagan por días pierdes: 65.15€)
Por horas en caso de contener un festivo entre semana: 7 días x 7,5 h = 52.50 h = 419.60 €. (si te pagan por días pierdes: 5,2 €)
Por horas en caso de contener 2 festivos entre semana: 6 días x 7,5 h = 45 h = 359.66 €. (si te pagan por días sales ganando 54.74€)

Para hacer las oportunas reclamaciones o para consultar cualquier duda, ponte en contacto con las secciones sindicales.

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