miércoles, 31 de enero de 2018

Otro engaño a la vista

En los últimos tiempos, la Dirección de Correos no deja de darnos sorpresas casi siempre desagradables. En esta ocasión le ha tocado el turno al personal de reparto tarde con jornadas parciales de 4 horas y contrato de dos o cinco días a la semana. Este personal empezó a prestar sus servicios en Correos a raíz del cambio que se produjo en la Ley de Procedimiento Administrativo en lo referente a la entrega de notificaciones. Correos tuvo que cambiar y adaptar la operativa del reparto de notificaciones a lo que marca la Ley y realizar un intento de entrega en turno de mañana y otro, si fuera necesario, en turno de tarde.

Para realizar esta labor Correos ha contratado personal eventual, considerando estos puestos de trabajo como algo coyuntural, obviando que en realidad mientras no cambie la Ley estos puestos de trabajo son estructurales y debieran ser considerados como parte fija de la plantilla. Eso sí: aunque estén trabajando con un contrato eventual a tiempo parcial por obra y servicios deben ser considerados como empleados de Correos a todos los efectos. Y eso a pesar de que en la práctica Correos hace todo lo posible para considerarlos trabajadores y trabajadoras de segunda: marginándoles del cobro de la bufandilla navideña, sin facilitarles ropa de trabajo para desarrollar sus tareas o imponiéndoles cargas de trabajo imposibles de sacar adelante en tan sólo cuatro horas de jornada.
Por si lo anterior fuera poco, la Dirección de Correos da otra vuelta de tuerca a los derechos del colectivo de reparto tarde. El 23 de enero la empresa entregó a los sindicatos firmantes, que no a todas las organizaciones sindicales, una circular en la que indicaba los criterios para el disfrute de los días de permiso de este colectivo. Y hete aquí la trampa: Correos reinterpreta a su antojo lo que indican tanto el III Convenio Colectivo, todavía en vigor, como el Calendario Laboral y trata de robar a este colectivo el disfrute de los dos días adicionales navideños de asuntos propios. Y lo hace de la manera más ruin posible ya que el único requisito para poder disfrutarlos era estar activos los días 24 y 31 de diciembre. Algo que la empresa no quiere aceptar y que es innegable a tenor de lo que indican los contratos.

El resultado es que, al publicar esta circular, Correos les está birlando el derecho a disfrutar de dos días más de asuntos propios por el 24 y 31 de diciembre pasados, días que les corresponden y que no pueden ser prorrateados. Lo único exigible a Correos es que rectifique el contenido de la circular y que reconozca el derecho de este colectivo al disfrute de esos dos días y que de no hacerlo así acudiremos a donde sea necesario para hacer valer los derechos del personal de notificaciones del turno de tarde.

30 de enero de 2018
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