martes, 30 de noviembre de 2010

CAMPAÑA DE NAVIDAD 2010



CAMPAÑA DE NAVIDAD 2010
Se considera campaña de navidad el periodo que comprende desde el 1 de diciembre de 2010 al 31 de diciembre de 2010.

Las siguientes áreas y/o unidades percibirán una compensación económica por la campaña:

Reparto ordinario, reparto urgente, clasificación de cartería, apartados, ruteros, personal operativo de los centros y unidades de tratamiento (admisión masiva, clasificación automática, manual, productos registrados y carga y descarga), sala de aparatos, rurales A, conductores interzonales e intercentros, cambio Madrid y Barcelona, y personal operativo de las oficinas postales. También percibirán esta gratificación los jefes de las unidades afectadas. Los rurales B y los empleados a tiempo parcial tendrán derecho a la misma compensación en proporción a la jornada contratada en cada caso.

La cuantía será de 95,08€ en concepto de mayor productividad, por el conjunto de la campaña de navidad.
Se descontará de la compensación señalada la cuantía de 12,02€ en el caso del primer día; que será de 18,03€ en el segundo y tercero, salvo por causa justificada de nacimiento, acogimiento y adopción de un hijo y por fallecimiento, accidente o enfermedad graves de familiar previstos en la regulación interna de correos y por accidente de trabajo producido durante el mes de noviembre o diciembre.
Tampoco habrá descuentos en dos casos:
• A los empleados a los que se les conceda hasta un máximo de dos días de asuntos particulares durante el mes de diciembre.
• Para los empleados que, en el concurso de traslados, adjudicación de Noviembre, van a hacer uso de los días de toma de posesión que se establecen en el artículo 30.2 del II Convenio Colectivo y en el artículo 20.3 del Estatuto de Personal para funcionarios.
Al margen de estos supuestos, cuando la inasistencia suponga más de tres días se perderá la gratificación.

Se podrán realizar repartos adicionales al margen de las horas habituales que se compensarán con horas adicionales.
En las unidades admisión masiva, carga y descarga, salas de dirección y centros de tratamiento cuya intensidad de tráfico lo justifique se podrán realizar horas adicionales con un máximo de cuatro horas adicionales.
Los días 24 y 31 de diciembre trabajará el personal mínimo imprescindible y percibirá una compensación de 79.48€.

El personal que trabaje las noches del 25 al 26 de diciembre y del 1 al 2 de enero realizarán las horas adicionales de festivo que sean necesarias.

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