jueves, 15 de diciembre de 2011

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÌS VASCO CONSIDERA QUE EL PERSONAL DE SÁBADOS DESPEDIDO DEBE SER READMITIDO O INDEMNIZADO



Si en un primer momento las demandas interpuestas por el personal de sábados despedido recibieron un varapalo en los juzgados de lo social, los posteriores recursos ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco han sido estimados.
El Tribunal Superior ha resuelto que “Correos suprimió “de facto” las plazas desempeñadas por los demandantes, sin llevar a cabo acto formal de amortización”. Por otra parte recuerda que de las disposiciones que regulan estas situaciones “no puede deducirse que la sola decisión empresarial de suprimir la plaza ocupada por un trabajador temporal en régimen de interinidad por vacante, produzca efectos extintivos de la relación. Por el contrario, tales disposiciones parten del presupuesto de que la notificación al trabajador de la medida resolutoria es preceptiva” y “obligan al empresario a poner en conocimiento del trabajador la decisión extintiva”.
ESK, desde el primer momento, se ha enfrentado al atropello que ha supuesto el despido de este personal. Hemos utilizado todos los recursos que han estado en nuestra mano. La organización y movilización del personal afectado, concentrándonos para presionar a Correos y para denunciar ante la opinión pública la actuación que Correos estaba cometiendo. Y las denuncias judiciales, que han encontrado respuesta positiva en el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Pese a todo, algunos seguirán acusándonos de manipular al personal de sábados con no se sabe que intereses.
Pero no queremos dejar pasar la ocasión para recordar que la Ley Postal y el nuevo Convenio Colectivo eliminan la obligatoriedad del reparto en sábados, siendo estos los principales argumentos que ha esgrimido la empresa ante los tribunales, junto con la caída del tráfico postal. Peor aún: el Convenio al introducir la Disposición Adicional Quinta, por la cual el personal afectado podía incorporarse a las bolsas de contratación, siempre que su relación laboral con Correos no hubiera quedado expresamente extinguida, desanimó a no pocos, que renunciaron a seguir el camino de las reclamaciones.
Todavía no podemos lanzar las campanas al vuelo porque Correos ha recurrido la sentencia. Esperemos que no tenga éxito en su pretensión y se vea obligado a pagar las indemnizaciones y los salarios de tramitación correspondientes.



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