En los últimos días la sentencia 997/2025 del Tribunal Supremo, está causando confusión con el solape del descanso semanal y los festivos. Con esta sentencia el TS ha reconocido el derecho a los y las trabajadoras a ser compensados cuando los festivos converjan con sus descansos semanales, pero con matices.
Parece que esta nueva doctrina no se aplica a todas las trabajadoras, sino a aquellas que NO tengan descansos fijos, plantilla a turnos o con descanso rotativo. Por lo que cuando un festivo caiga en un día de descanso para la plantilla que trabaja a turnos, o con descansos rotativos, la empresa debe compensar el día, o en su defecto, económicamente.Desde las secciones de ESK de Correos, queremos... Leer más
