Iniciamos el proceso para solicitar los días adicionales de libre
disposición (popularmente conocidos como
canosos)
del Estatuto Básico del Empleado Público correspondientes al año 2015. Estos
días de permiso fueron eliminados con el decretazo del 2012 y ahora se
recuperan, con cierto aroma a interés electoral, mediante un Real Decreto-ley
del gobierno de don Mariano.
En
el BOE del pasado 12 de septiembre se publicó la modificación del EBEP que
permite al personal funcionario solicitar los días adicionales de AA.PP. por
antigüedad. En el tiempo transcurrido desde su publicación hasta este momento,
Correos no ha dicho esta boca es mía y calla sobre este asunto. Lo que parece
evidente es que Correos, ante una modificación del EBEP, no puede mirar hacia
otra parte como si nada hubiera ocurrido. Por tanto, vamos a dar el primer paso
para poder disfrutar estos días de permiso: solicitarlos antes de que acabe el
año, para no perderlos.
Quien quiera iniciar tramitar la solicitud con Esk, que se ponga en contacto con las secciones sindicales.
De acuerdo con el EBEP, los días que nos corresponden serían:
- Por
6 y 7 trienios – 2 días.
- Por
8 trienios – 3 días.
- Por
9 trienios – 4 días.
- Y
así, sucesivamente, un día más por cada trienio.
Una vez registradas las solicitudes,
la respuesta por parte de Correos puede colocarnos en uno de estos tres
escenarios:
- Que Correos nos conceda
el disfrute de los días solicitados. Aunque es una posibilidad difícil de que
se materialice (y más, con el mes de diciembre que se nos viene encima) sería
la situación más favorable a nuestros intereses.
- Que Correos deniegue el disfrute de los días por necesidades del servicio y
permita solicitarlos durante el año 2016: aunque algo más tarde, acabaríamos
disfrutando los días que nos corresponden por este concepto. Parece que esta
puede ser la salida que busca la empresa: reconocer que tenemos derecho a
solicitar los días “canosos”, pero aplazar su disfrute al año siguiente.
- Que Correos se cierre en banda y no reconozca nuestro derecho a pedir los días
“canosos”. En este caso, una vez recibida la denegación, iniciaríamos el
proceso judicial para reclamarlos.
Esperemos que al final se imponga la
cordura y no haya que ir a los tribunales a reclamar un derecho que nos
corresponde.