Esk acaba de recibir en Bizkaia una nueva sentencia favorable en la demanda presentada contra Correos por impago al personal laboral eventual de la parte proporcional de la bufandilla de campaña de navidad del año 2017. Una vez más, desde los juzgados, vuelven a tirar de la oreja a Correos por no pagar al personal contratado la parte que le corresponde del plus de la campaña de navidad.
Año tras año Correos intenta ahorrarse las bufandillas navideñas del personal laboral eventual que no ha tenido relación contractual ininterrumpida durante todo el mes de diciembre. Además, Correos, bordeando la prepotencia, los últimos años excluye igualmente al personal contratado para la entrega de notificaciones en turno de tarde. Es a este colectivo al que hace referencia la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social 11 de Bilbao. El juez en su sentencia, firme y contra la que no cabe interponer recurso alguno por parte de la empresa, ha estimado íntegramente la demanda interpuesta:
- Porque entiende que el complemento se paga como compensación por exigir al personal de Correos un mayor esfuerzo durante el mes de diciembre, como así reconoce la misma circular.
- Que la exclusión unilateral por parte de la empresa en el cobro de dicho plus para el colectivo contratado para la entrega de notificaciones en turno de tarde no está justificada ni amparada por la realidad o por la negociación colectiva previa, lo que implica una discriminación de unos trabajadores frente a otros que no puede ser respaldada al no tener justificación alguna.
- Y concluye que, si durante el tiempo de duración del contrato, fue necesario aportar un mayor esfuerzo que el habitualmente exigido se tiene derecho al cobro del complemento en proporción del tiempo trabajado.
Los argumentos utilizados por el juez al redactar su sentencia no pueden ser más contundentes. Una vez más desde un juzgado afean la actitud vergonzosa, que roza con lo miserable, de Correos en este tema. La empresa acumula repetidas sentencias en su contra por este motivo. Ya va siendo hora que la Dirección de Correos tome nota de los argumentos en los que se sustenta esta sentencia y modifique en el futuro las circulares de navidad que, por su contenido actual, son discriminatorias y bordean la ilegalidad.
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